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Colombia: Tres acepciones de feminicidio, un solo delito sancionable Ángela Castellanos Aranguren
Bogotá, agosto (Especial de SEMlac).- En la ciudad de Tumaco, al suroeste de Colombia, un hombre asesinó a su ex esposa e hirió a sus suegros porque un juez le negó la custodia de su hijo. Esta noticia, difundida este mes, da cuenta de uno de los cientos de homicidios de colombianas, cuyas vidas son arrancadas a manos de sus parejas o exparejas.
Según el informe del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Forensis) de 2008, del total de los homicidios de colombianas en los que se conoce al presunto agresor (289 casos), 33,5 por ciento de los victimarios tenía un vínculo o antecedente de relación afectiva con la víctima. Es decir, que era o había sido compañero permanente, esposo, novio o amante.
Estos asesinatos pueden ser considerados como feminicidios, toda vez que se producen contra mujeres por el hecho de ser mujeres, según explicó a SEMlac Claudia Ramírez, abogada integrante de la Misión Internacional de Investigación de Feminicidio en México y Guatemala (2005), organizada por la Federación Internacional de Derechos Humanos.
El término feminicidio ha adoptado diferentes enfoques de acuerdo con las características que adopta esta forma de violencia en diversos escenarios.
Para algunas sociólogas, feminicidio es el asesinato de una mujer desde una construcción de género. Otra acepción incorpora situaciones adicionales al asesinato, tales como violaciones a los derechos de las mujeres, que se suceden de manera reiterada y sistemática. Mientras que un tercer enfoque hace énfasis en el carácter político del feminicidio, al destacar que se trata de un crimen derivado de relaciones desiguales de poder entre los géneros que involucra directamente al Estado, ya sea por acción u omisión.
De acuerdo con la primera acepción, los casos de asesinatos de mujeres por parte de sus actuales o pasados compañeros permanentes, esposos, novios o amantes constituirían feminicidio, puesto que se trata del uso de la violencia extrema por parte del varón para subordinar a la mujer, en consonancia con las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres.
Este feminicidio, que en el pasado se ocultaba bajo el eufemismo de "crimen pasional", es actualmente sancionado con más severidad. En efecto, la Ley de Violencias contra las Mujeres, promulgada en 2008, modifica el Código Penal de manera que los victimarios reciban penas mayores cuando el asesinato se comete "contra una mujer por el hecho de ser mujer".
"El Instituto de Medicina Legal ha venido afinando la información, de manera que hoy es posible conocer más acerca de los móviles y circunstancias en que se producen los asesinatos de mujeres. Por ejemplo, ya es posible saber si previo al homicidio hubo tortura sexual —como mutilación— o violación", afirma la abogada Ramírez.
No obstante, las entidades gubernamentales de investigación judicial, instituciones fundamentales para conocer con exactitud los casos de asesinatos de colombianas, no brindan información sobre este tipo de delito, con la confiabilidad requerida, para determinar si se trata de homicidios por el hecho de ser mujeres.
"La Fiscalía, por ejemplo, da información diversa sobre el mismo tema", aseveró Ramírez.
La ley de Violencias contra las Mujeres también dispuso que "las entidades responsables en el marco de la presente ley aportarán información referente a violencia de género al sistema de información que determine el Ministerio de Protección Social y a la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, a través del Observatorio de Asuntos de Género, para las labores de información, monitoreo y seguimiento".
Hay otros casos de homicidios de mujeres menos conocidos y sin registros oficiales, como los asesinatos de prostitutas, quienes resultan víctimas frecuentes "del poder mafioso en las regiones", en sus fiestas, asegura Ramírez.
"Para estos victimarios, como se trata de mujeres prostitutas, ellas no valen nada. Además, saben que nadie las va a buscar, pues trabajan con seudónimo y en general no tienen contacto con sus familias", detalla.
Una investigación a profundidad sobre estos asesinatos y maltratos contra prostitutas permitiría evaluar si se trata de violaciones reiteradas y sistemáticas a los derechos de las mujeres que ejercen la prostitución, y en caso de comprobarse estaríamos frente a feminicidio, entendido en la segunda acepción.
Según la noción más política de feminicidio, en Colombia este delito estaría produciéndose como consecuencia del conflicto armado.
Así lo presenta la ONG Casa de la Mujer en el informe "Violencia Sexual y Feminicidios en Colombia", elaborado conjuntamente con otras organizaciones no gubernamentales, y entregado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el año pasado.
El documento basa su análisis en datos del Instituto de Medicina Legal, según el cual "las mujeres están siendo victimizadas con mayor frecuencia en las zonas urbanas y rurales por grupos armados en confrontación".
Según datos de Medicina Legal, del total de homicidios de mujeres en 2007, (1.207), 3,56 por ciento fueron catalogadas como colaboradores de un grupo ilegal; 2,98 por ciento como campesinas; 2,07 por ciento como trabajadoras sexuales; 1,66 por ciento como adictas; 0,99 por ciento como indigentes-recicladoras; 0,83 por ciento pertenecían a un grupo étnico y 0,50 por ciento eran educadoras.
No obstante, para algunas especialistas, los asesinatos de colombianas en el contexto de acciones bélicas o de enfrentamientos entre grupos armados no siempre responden a su condición de ser mujeres.
De hecho, en masacres y tomas de poblaciones, los actores armados asesinan a campesinas y campesinos indiscriminadamente. De la misma manera sucede en enfrentamientos militares, en los que dan muerte a mujeres y hombres combatientes. |
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